Ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (NEOTEC)

El Programa NEOTEC tiene como objetivo el apoyo a la creación y consolidación de empresas de base tecnológica.

Una empresa de base tecnológica (EBT) es una compañía cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora. Las EBT basan su estrategia de negocio o actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.

Objetivos: Financiación de la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Beneficiarios: Pequeñas empresas que tengan la consideración de empresas inovovadoras y que cumplan con los siguientes requisitos:

  • No deberán estar cotizadas.
  • Deberán estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa y siendo ésta, al menos seis meses anteriores a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
  • No deberán haber distribuido beneficios. 
  • No deberán haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
  • Deberán contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, la fecha de registro que se considerará será exclusivamente la fecha del asiento de inscripción registral.
  • Deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

Cuantia de las ayudas: Subvenciones hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

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