Plan de ayudas para el fomento del empleo en la economía social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2023-2024, de las subvenciones para el fomento del empleo en la economía social al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2022.

Estas ayudas tienen como objetivo la creación de empleo estable en el ámbito de la Economía Social a través de dos programas:

Programa I: Creación de empleo estable: la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo:

El programa de Creación de empleo estable, subvenciona la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a sociedades cooperativas y sociedades laborales, así como la transformación de contratos temporales de personas de su plantilla en contratos indefinidos, al tiempo que adquieren estas personas la condición de socias trabajadoras o de trabajo.

Cuantias:

  • 12.500 € por incorporación, como socias trabajadoras o de trabajo, de mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género.
  • 11.500 € por incorporación, como socias trabajadoras o de trabajo, de mujeres.
  • 11.000 € personas socias trabajadoras o de trabajo sean varones que hayan participado en programas financiados por el SEXPE en los últimos doce meses
  • 10.000 € si concurre alguna de las siguientes características:
  1. Varones jóvenes menores de 30 años.
  2. Varones de 52 o más años.
  3. Varones con discapacidad.
  4. Varones desempleados extremeños retornados.
  5. Varones incorporados a sociedades con domicilio social en poblaciones de menos de 5.000 habitantes.
  6. Varones parados de larga duración.
  •   7.500 € que no cumplan las especialidades de los apartados anteriores.

Los gastos de constitución asumidos por sociedades laborales de nueva creación (escritura pública de constitución y Registro Mercantil), con el límite de 1.000 €.

El importe de las ayudas establecidas en los apartados anteriores, se incrementará en la cantidad de 1.000 euros cuando se trate de sociedades en las que concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados sin obligación legal, Planes Empresariales de Igualdad de Género.

Programa II: Apoyo técnico

Apoyo técnico a Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales y sus Entidades Asociativas, subvenciona la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desarrollo de funciones técnicas propias de la titulación académica que posean y, asimismo, la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones de carácter gerencial o directivo, todo ello con el fin de mejorar la profesionalidad en la gestión de las Sociedades o Entidades.
 
Cuantias:

  • 26.000 euros por la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, cuando concurran la existencia de titulación académica y la de experiencia profesional previa de al menos doce meses en funciones directivas o gerenciales.
  • 19.000 euros por la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, cuando sólo concurra la existencia de titulación académica o la de experiencia profesional previa de, al menos, doce meses en funciones directivas o gerenciales.
  • 13.000 euros por la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones de personal técnico titulado, debiendo ser acordes las funciones desempeñadas y reflejadas en los contratos, con el título poseído.

Para las tres categorías de subvenciones anteriores, las personas trabajadoras por las que se solicite subvención deberán encuadrarse, a efectos de afiliación en la Seguridad Social, en los grupos de cotización 1, 2 ó 3, según categorías.
 
El importe de las ayudas establecidas en los apartados anteriores, se incrementará en la cantidad de 1.000,00 euros cuando se trate de sociedades en las que concurra la cláusula de responsabilidad social empresarial o bien tengan implantados, sin obligación legal, Planes Empresariales de Igualdad de Género.

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