Ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura

Se ha concretado un conjunto de medidas basadas en una filosofía de trabajo de cooperación con la empresa comercial para ayudar a mejorar su competitividad, y conseguir una buena defensa en el mercado ante cualquier formato comercial. La supervivencia del comercio minorista depende de su capacidad para modernizarse en ámbitos en que se pueda diferenciar y resultar competitivo y dicho decreto pone en manos de las pymes comerciales las herramientas para cumplir dichos objetivos.

Beneficiarios:

1. Podrá ostentar la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes y cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que constituyan una pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las acti-vidades comerciales minoristas detalladas en el anexo A con carácter principal.
  • Que tengan su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Extremadura y desarrollen su actividad dentro de ésta.

2. Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Actividades y gastos subvencionables:

Los gastos subvencionables de la ayuda objeto de la presente resolución serán los siguientes, así tendrán la consideración de elegibles, las siguientes categorías de gastos:

a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo

.b) La adquisición de mobiliario.

c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad.

d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.e) La adquisición de terminales del punto de venta.

f) La adquisición de programas de gestión.

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