Ayudas al Fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

La finalidad de estas subvenciones es la de conseguir la integración plena de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Extremadura, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación, fomentando las oportunidades de empleo y mantenimiento del mismo.

PROGRAMAS DE SUBVENCIONES:

  • Programa I: Subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en empresas ordinarias.
  • Programa II: Subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo.

 1- CUANTIAS PROGRAMA I

a) Para la Línea I, “Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias:

  • 12.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 10.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior.

b) Para la Línea II, “Subvenciones para la contratación indefinida por empresas ordinarias de personas con discapacidad procedentes de los enclaves laborales

  • 14.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 12.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior.

c) Para la Línea III, “Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad”

  • 7.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 6.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior.

d) Para la Línea IV, “Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias”

  • 5.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 4.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior

  2- CUANTIAS PROGRAMA II

a) La cuantía de la subvención por la implantación de medidas de adaptación individual será de un máximo de 2.000 euros por cada persona trabajadora con discapacidad para la que se haya realizado dicha adaptación.

b) El importe de la subvención no podrá ser superior al coste de la medida de adaptación subvencionada

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